COMO PONER FIN A TU TARJETA DE CREDITO

SI NO PUEDES PAGAR TU TARJETA DE CREDITO. existe un gran oportunidad para los ciudadanos que están ahogados con sus tarjetas de crédito. Existe la ley 81 del 2009 en su articulo 13 ye indica que hacer. “Artículo 13. Terminación del contrato. El tarjetahabiente podrá dar por terminado el contrato de tarjeta compareciendo personalmente a las oficinas del emisor o mediante comunicación a este, por escrito o por las vías tecnológicas que el emisor ponga a su disposición. Una vez recibida esta comunicación por el emisor, no podrá hacerse ningún tipo de cargo o recargo por ningún concepto, salvo los intereses devengados por el uso del dinero hasta el día de la cancelación del contrato. Por su parte, el emisor, una vez recibida la comunicación de cancelación y transcurridos cinco días, podrá transferir el saldo de la línea de crédito de la tarjeta a un préstamo personal a nombre del tarjetahabiente, a la tasa de interés que mantenga para ese tipo de obligaciones, hasta la cancelación total de la obligación y por un plazo mínimo de treinta y seis meses. A este préstamo no se le podrá aplicar recargos, comisiones ni gastos de manejo iniciales. En caso de que el emisor no opte por el contrato de préstamo y decida mantener la tarjeta de crédito o de financiamiento, solo podrá cobrar al tarjetahabiente intereses hasta la cancelación, sin posibilidad de aplicar cargos adicionales. En el caso de las entidades bancarias, este tipo de préstamo será clasificado según lo indique la Superintendencia de Bancos.“

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